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El legítimo derecho que toda persona

tiene a establecer su domicilio en el lugar que estime más conveniente para sus intereses personales y/o familiares no puede llevarse al extremo de exigir a la empresa el teletrabajo al 100% de la jornada. Así lo ha declarado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una sentencia de 30 de junio de 2023.

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